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COMEDOR

(DESCARGA DE DOCUMENTACIÓN, AL FINAL DE LA PÁGINA)

 

¡INFORMACIÓN IMPORTANTE! 

   El comedor escolar es un servicio complementario de carácter educativo que se ofrece, con carácter general, de septiembre a junio, contribuyendo a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral.

   La Consejería de Educación ofrece el servicio de comedor escolar de forma gratuita a aquellos alumnos que utilicen el transporte escolar. Para el resto de alumnos se ha articulado un sistema de ayudas en función de ciertos criterios económicos y familiares u otras circunstancias (acogimiento, discapacidad, víctimas de violencia de género, víctimas de terrorismo o situaciones carenciales específicas).

   Las ayudas de comedor escolar están reguladas por Decreto 20/2008, de 13 marzo por el que se regula el servicio público de comedor en los centros docentes públicos de la Comunidad de Castilla y León, desarrollado por la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, en los que se establece gratuidad del 50%, 75% o 100% (gratuidad total) del precio del menú escolar. La Orden EDU/748/2016, de 19 de agosto, modificó los umbrales de referencia para la consideración de las ayudas por renta. Y además estableció otros supuestos de ayuda, como para alumnos con grado de discapacidad igual o superior al 33% o alumnos víctimas de terrorismo así como los requisitos necesarios para el acceso a las ayudas.

   Para facilitar y simplificar los trámites que las familias deben realizar a la hora de solicitar las ayudas de comedor escolar, se ponen a su disposición las solicitudes pregrabadas de ayudas para todos aquellos beneficiarios de ayudas en el presente curso; tan solo tendrán que confirmar los datos contenidos en dicha solicitud. Y si además el usuario está registrado en la aplicación de comedores escolares, podrá realizar esta confirmación on-line.

   Cualquier usuario de comedor puede presentar su solicitud de ayudas de comedor on-line en la Aplicación de Comedores EscolaresEste enlace se abrirá en una ventana nueva, siendo tan sólo necesario que se registre en la misma previamente. 

  Tanto las solicitudes pregrabadas como las nuevas solicitudes de ayuda presentadas telemáticamente a través de la aplicación, podrán adjuntar la documentación subiendo una copia de la misma durante la tramitación on-line, no siendo ya necesaria la presentación en el centro educativo.

  También es posible descargarse la solicitud de ayuda y presentarla en su centro educativo acompañada de la documentación necesaria en su caso. El impreso de solicitud está disponible asimismo en la secretaría del centro.

 

AYUDAS DE COMEDOR PARA EL CURSO 2026-2027

SOLICITUD ORDINARIA DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR, CURSO 2026-2027

PERIODO ORDINARIO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE AYUDA, PARA ALUMNOS YA MATRICULADOS EN LOS CENTROS: del 15 abril al 8 de mayo de 2026, ambos incluidos.

    La organización del servicio de comedor escolar así como la gestión de las ayudas de comedores se apoya en la Aplicación de Comedores Escolares, a la que se accede a través del portal de educación y que ofrece la posibilidad a todos los usuarios del servicio de registrarse y así acceder a su solicitud (y a todas las solicitudes incluidas dentro de la misma unidad familiar) y a un amplio abanico de servicios e informaciones.

   La dirección para entrar en la aplicación es https://comedoresescolares.jcyl.esEste enlace se abrirá en una ventana nueva y para acceder es necesario nombre de usuario y clave, que se facilitan llamando al teléfono de atención al ciudadano 983 327 850 (012).

Entre las opciones que se ofrecen a través de la aplicación informática a las familias están:

  • Solicitud on-line de la plaza de comedor escolar, así como modificación de la misma y renovación anual.
  • Solicitar días de servicio de comedor (para usuarios esporádicos), cancelación de días de servicio (en plazo adecuado) y solicitud de dietas específicas.
  • Solicitud anual de ayudas de comedor escolar, y en su caso, confirmación de borradores de ayuda de comedor escolar.
  • Consulta del menú mensual ofrecido en cada centro escolar.
  • Consulta de la facturación mensual del servicio de cada comensal.
  • Cumplimentación de las encuestas de satisfacción del servicio de comedor.
  • Avisos e informaciones importantes a través de la aplicación.

     En el ánimo de contribuir a la educación nutricional de los niños y jóvenes de Castilla y León, la Consejería de Educación ha publicado una Guía alimentaria para los comedores escolares de Castilla y León, la cual pretende orientar la actuación de los responsables del comedor escolar para lograr una correcta alimentación del alumno además de un refuerzo en su educación alimentaria. Dicha Guía proporciona información científica sobre alimentación y nutrición, estimulando la práctica de una alimentación saludable. Asimismo, se incluyen las bases de tratamiento dietético de las patologías crónicas más frecuentes, y la forma de adaptar los menús escolares a las mismas.

     Además, la Consejería de Educación, ha editado la publicación "Menús saludables para los escolares de Castilla y León", que contiene una relación de menús nutricionalmente equilibrados que sirven de orientación para dirigir la educación de los hábitos de los escolares.

SOLICITUD ORDINARIA DE AYUDAS DE COMEDOR ESCOLAR, CURSO 2026-2027.

     

Las ayudas de comedor escolar podrán solicitarse para los alumnos que cursen segundo y tercer curso del primer ciclo de educación infantil, el segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes públicos que dispongan del servicio de comedor escolar y que cumplan los siguientes requisitos:

  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD TOTAL:
  1. Gratuidad por renta: la suma de los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar en el periodo impositivo 2024 no excede en cómputo anual el doble del IPREM, fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogada al 2026 en 8.400 € (es decir, dichos ingresos no superan 16.800 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa
  2. Alumnos con discapacidad igual o superior al 33%, adjuntado copia de la tarjeta acreditativa o la autorización para la comprobación de dicha condición.
  3. Familias numerosas de categoría especial, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra Comunidad Autónoma, se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.
  4. Alumnos que se encuentren en acogimiento familiar o residencial, se acreditará adjuntando copia de la Resolución judicial o Certificado de la Comisión de Tutela.
  5. Solicitante en condiciones especiales de género, circunstancia que se acreditará adjuntando copia de la orden de protección a favor de la víctima, o copia del informe del Ministerio Fiscal o copia de certificado de los Servicios Sociales o Sanitarios de la administración autonómica o local.
  6. Alumnos víctimas de terrorismo, que se acreditará adjuntando copia del informe del Ministerio de Interior, de la resolución de reconocimiento de la Administración General del Estado o de sentencia judicial firme.
  7. Situación carencial específica, que se acreditará adjuntando copia de informe por los Servicios Sociales.

 

  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 75%:
  1. Gratuidad parcial por renta: alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2024 no exceda en cómputo anual de 2,5 veces el IPREM (es decir, dichos ingresos no superan 21.000 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.

 

  • BENEFICIARIOS CON GRATUIDAD DEL 50%:
  1. Gratuidad parcial por renta: alumnos pertenecientes a unidades familiares en las que el resultado de la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el período impositivo 2024 no exceda en cómputo anual 3 veces del IPREM (25.200 €). Estos ingresos se obtendrán del cruce con la Agencia Tributaria; en caso de no autorizar el cruce deberá adjuntar la documentación acreditativa.
  2. Familia numerosa de categoría general, cumplimentando en la solicitud el número de título de familia numerosa y autorización para su comprobación. En caso de no autorizar o de títulos expedidos en otra Comunidad Autónoma, se acreditará adjuntando copia del título de familia numerosa en vigor.

 

  • CÓMO PRESENTAR LA SOLICITUD DE AYUDAS para el CURSO 2026/2027:

    • SOLICITUD VÍA INTERNET: los padres registrados que lo deseen podrán acceder a su solicitud entrando en la aplicación en la direcciónhttps://comedoresescolares.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva y cumplimentado los datos requeridos siguiendo los pasos que se indican en la "Guía de Ayudas" a su disposición en la propia aplicación. La solicitud se confirmará y enviará telemáticamente junto con la documentación adjuntada y quedará a la espera de su validación por el centro. También podrá, a través de la aplicación, cumplimentar su solicitud en la aplicación, imprimirla y presentarla posteriormente en el centro junto con la documentación necesaria. Los padres que no estén registrados en la aplicación podrán solicitar el alta a través del 012.

    • SOLICITUD PRESENCIAL: los padres o tutores presentarán la solicitud de ayudas en el impreso a su disposición en la Secretaría del centro y en el Portal de Educación, debidamente cumplimentado y firmado, donde se sellará y entregará el resguardo de presentación.

    (Posteriores modificaciones o subsanaciones de la solicitud confirmada y enviada telemáticamente sólo podrán realizarse presencialmente en el centro educativo.)


    Podrá consultar el estado de tramitación de su solicitud accediendo a la Aplicación de Comedores Escolares, pudiendo descargarse una nota informativa, o bien consultando en su centro educativo:


    • Propuesta de Resolución de las solicitudes de ayudas (semana del 12-16 de mayo): se informará del resultado de la misma, entregándose notificación individualizada. En caso de ayuda parcial, propuesta desestimatoria o documentación incompleta se informará de las causas y se concederá un periodo de 10 días para subsanaciones que podrán presentarse en cualquier registro.
    • Resolución de las solicitudes de ayudas semana del 9 al 13 de junio): se informará del resultado de la misma, informando de las causas en caso de ayuda parcial o resolución desestimatoria.

 

GESTIONES DE COMEDOR A TRAVÉS DE INTERNET O LLAMANDO AL 012.

Les recordamos que el teléfono de atención a usuarios 012 (983 327 850) atenderá personalmente las llamadas de los usuarios en el horario comprendido entre las 8:00 horas a las 22:00 horas, de lunes a viernes no festivos y los sábados no festivos de 9:00 a 14:00 horas. Las gestiones a través de Internet se pueden realizar en cualquier momento entrando en https://comedoresescolares.jcyl.es/Este enlace se abrirá en una ventana nueva

  • Solicitar para sus hijos o pupilos los menús especiales de regímenes dietéticos, que bajo prescripción facultativa necesiten (siempre con una semana de anticipación), así como aquellos que requieran una modificación dietética durante unos días (dietas blandas antes de las 9:30 del mismo día).
  • Solicitar para sus hijos o pupilos el uso esporádico del comedor escolar, siempre que haya plazas libres (y antes de las 9:30 del mismo día).
  • Anulación del servicio de comedor escolar en los días previos, e incluso el mismo día hasta las 9:30 h. Siempre que las circunstancias lo permitan, es recomendable hacer la gestión los días anteriores (hasta las 22 horas) para evitar la masiva utilización del teléfono a primeras horas de la mañana que puede colapsar las líneas.

 DESCARGA DE DOCUMENTOS: 

  • Cartel Internet CURSO 2023-2024: descarga aquí.
  • Impreso Solicitud Ayudas comedor curso 2023-2024: descarga aquí.
  • Hoja informativa criterios ayudas: descarga aquí.
  • Hoja informativa junto solicitud pregrabada: descarga aquí.
  • Calendario tramitación ayudas: descarga aquí.

 

 

 

 

 

Ml 20 de septiembre)

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